LA AMFJER RECHAZA TODO TIPO DE VIOLENCIA EN EL ÁMBITO DEL PODER JUDICIAL DE ENTRE RÍOS

El Consejo Directivo de la AMFJER emitió un documento en el que rechaza todo tipo de violencia en el ámbito del Poder Judicial de Entre Ríos.

El mismo considera que “la respuesta dada por el STJER a la presentación realizada por esta Asociación el día 31 de marzo de 2021, no se compadece con el compromiso expresamente asumido por ese mismo Alto Cuerpo al aprobar la “Declaración Institucional contra la Violencia Laboral” (Acuerdo General No 24/20 del 20-10-20, Punto 1o)”.

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COMUNICADO COMPLETO

RECHAZAMOS TODO TIPO DE VIOLENCIA EN EL ÁMBITO DEL PODER JUDICIAL

La Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de Entre Ríos considera que la respuesta dada por el STJER a la presentación realizada por esta Asociación el día 31 de marzo de 2021, no se compadece con el compromiso expresamente asumido por ese mismo Alto Cuerpo al aprobar la “Declaración Institucional contra la Violencia Laboral” (Acuerdo General No 24/20 del 20-10-20, Punto 1o).

En este trascendente documento el STJER expresó que conforme a la normativa convencional y constitucional vigente, rechaza y repudia todo tipo de violencias y que con la finalidad de prevenirla y de erradicarla en todas sus formas, se encuentra comprometido en efectuar un abordaje integral de esta grave problemática, promover un ámbito de trabajo saludable, elaborar, desarrollar y aplicar medidas de prevención de la violencia laboral, así como detectar situaciones de violencia laboral, abordarlas e implementar procedimientos para su tratamiento a los fines de garantizar el efectivo acceso a justicia. Igual compromiso fue asumido -por invitación del STJER- por el Ministerio Público Fiscal, el Ministerio Público de la Defensa, AJER y esta Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de E.R.

El concepto de violencia laboral que se recepta en esa declaración institucional emitida por todos los sectores del Poder Judicial de esa provincia, resulta comprensivo de aquellas acciones de personas que en ocasión del ámbito o relación de trabajo, en el espacio físico y/o virtual, atenten contra la dignidad, la integridad psicológica y/o social de una persona, mediante abuso de poder, ataques, amenazas, intimidación, amedrentamiento, maltrato moral, sindical, psicológico y/o social y toda aquella conducta que, en uno o sucesivos actos, produzca menoscabo en una persona que se desempeñe en el ámbito judicial.

Los distintos sectores que integran la Comisión encargada de la elaboración del proyecto de Protocolo de Violencia Laboral, que el propio STJER ha encomendado en función de esa política institucional, han estado de acuerdo en que ese documento debe regir para todas las personas que se desempeñen en el poder judicial, con independencia de su jerarquía.

En ese marco, este Consejo Directivo reitera que la respuesta emitida por el Alto Cuerpo frente a una concreta comunicación formal de actos susceptibles de ser atrapados en ese concepto, no condice con el contenido de la política institucional y el compromiso expresamente asumidos y en nuestra respetuosa opinión, tampoco se encuentra en consonancia con el art. 37 inc. 2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley 6902), que entre las atribuciones y deberes asignados al Superior Tribunal de Justicia incluye de modo expreso el contralor sobre la conducta de todos los miembros del Poder Judicial.

Tal como lo sostuvimos en nuestras observaciones al Protocolo en proceso de aprobación, ratificamos nuestro absoluto rechazo contra todo tipo de violencia en el ámbito del Poder Judicial de Entre Ríos, así como nuestro firme compromiso en luchar contra la misma y en prevenir ese tipo de conductas que pueden existir en todos los niveles de actuación y cualquiera sea la función, jerarquía y género de las personas. Y reiteramos que ninguno de esos objetivos pueden ni deben alcanzarse sin el resguardo del derecho de defensa de la parte denunciada y las garantías básicas del debido proceso.

Por todo ello, pretendemos que la decisión adoptada por el pleno del STJER no sea leída o interpretada por el resto de quienes integran el Poder Judicial ni por la ciudadanía, en el sentido que los integrantes de ese Alto Cuerpo quedan excluidos de la posibilidad de ser investigados en el propio ámbito del Poder Judicial por posibles actos de violencia laboral o indisciplina, más allá e independientemente de la responsabilidad política y funcional que les pueda caber y que se dirime en el ámbito del juicio político.

En otro orden, ratificamos el comunicado emitido por esta Asociación el día 29/3/2021, con relación a lo sucedido días pasados en la ciudad de La Paz, pues de su texto surge claramente que el rechazo allí manifestado no refirió a los hechos que se encuentran sujetos a investigación judicial, sino a la ética judicial que allí se vio, a nuestro entender, claramente comprometida. Las exigencias éticas a la judicatura son mayores que las reclamadas a la ciudadanía y ello no implica una carga desmedida o una violación del principio de igualdad, sino una consecuencia que deriva de la alta tarea de juzgar que aquella desempeña.

Finalmente, reiteramos el compromiso de esta Asociación de seguir bregando por la defensa de la independencia judicial, por el aprendizaje y fortalecimiento de la ética judicial, por la prevención y erradicación de todo tipo de violencia en el ámbito en el que desempeñamos, ya sea laboral o institucional, con la indispensable perspectiva de género que se impone, todo lo cual contribuirá a la calidad del servicio de justicia que queremos brindar.

CONSEJO DIRECTIVO