Anexo de Prestaciones

ES IMPORTANTE TENER PRESENTE QUE ESTE FEE NO ES UNA OBRA SOCIAL Y SU PRINCIPAL OBJETIVO ES LA DE AYUDA EXTRAORDINARIA RESPECTO DE AQUELLAS PRESTACIONES URGENTES QUE NO CUBRE PARCIAL O TOTALMENTE LA OBRA SOCIAL.

tipo

Jornadas y/o eventos jurídicos

Activas/os sin invocación de causa

Jubiladas/os sin invocación de causa

Compra de libros

Compra de computadoras

Muebles de oficina

Viajes académicos al exterior

TIPO DE PRESTAMO: hasta y TOPE

Consultas médicas: hasta 50% y tope $260.00 y

Sesiones de psicologia y/o psiquiatría: hasta $6.500 por sesión y tope $312.000

Fonoaudiología: hasta $5.000 por sesión y tope $200.000

Kinesiología: hasta $6.000 por sesión y tope $240.000

Terapia ocupacional: hasta $5.000 por sesión y tope $120.000

Acompañante terapéutico: hasta 50% por sesión y tope $220.000

Ortopedia: hasta 50% por sesión y tope $200.000

Nutricionista: hasta 50% por sesión y tope $200.000

Odontología: hasta 60% prótesis y/u ortodoncia – 40% implantes y tope $450.000

Odontología: exepto prótesis/ortodoncia/implantes 50% y tope $170.000

Óptica: hasta 50% por sesión y tope $350.000

Vacunas fuera calendario obligatorio: hasta 50% por sesión y tope $200.000

Anestesista: hasta 50% por sesión y tope $460.000

Otras terapias: hasta $6.500 por sesión (no cubiertas por la ley: complementarias a enfermedades de salud mental y discapacidad: ejemplo natatorios, equino terapia, musicoterapia) y tope $170.000

Equipo interdisciplinario: hasta $6.500 por sesión (para tratamientos y acompañamientos adicionales) y tope $170.000

Diferencia análisis clinicos hasta 50% y tope $130.000

PRESTACIÓN

Consultas médicas

Sesiones de psicología y/o psiquiatría

Psicopedagogía

Fonoaudiología

Kinesiología

Terapia ocupacional

Acompañante terapéutico

Ortopedia

Nutricionista

Odontología

Odontología

Óptica

Vacunas fuera calendario obligatorio

Anestesista

Otras terapias

Equipo interdisciplinario

Diferencia análisis clínicos

tope anual

Consultas médicas: hasta $260.000

Sesiones de psicología y/o psiquiatría: hasta $312.000

Psicopedagogía hasta $200.000

Fonoaudiología: hasta $200.000

Kinesiología: hasta $240.000

Terapia ocupacional: hasta $120.000

Acompañante terapéutico: hasta $220.000

Ortopedia: hasta $200.000

Nutricionista: hasta $200.000

Odontología: hasta $450.000

Odontología: hasta $170.000

Odontología: hasta $350.000

Vacunas fuera calendario obligatorio: hasta $200.000

Anestesista: hasta $460.000

Otras terapias: hasta $170.000

Equipo interdisciplinario: hasta $170.000

Diferencia análisis clínicos: hasta $130.000

hasta

Consultas médicas 50% por sesión

Sesiones de psicología y/o psiquiatría: $6.500 por sesión

Psicopedagogía: $5.000 por sesión

Fonoaudiología: $5.000 por sesión

Kinesiología: $6.000 por sesión

Terapia ocupacional: $5.000 por sesión

Acompañante terapéutico: 50%

Ortopedia: 50%

Nutricionista: 50%

Odontología: 60% prótesis y/u ortodoncia – 40% implantes

Odontología: excepto prótesis/ortodoncia/implantes 50%

50%

Vacunas fuera calendario obligatorio: 50%

Óptica: 50%

Otras terapias: $6.500 por sesión – no cubiertas por ley

Equipo interdisciplinario: $6.500 por sesión

Diferencia análisis clínicos: 50%

LOS TOPES SON POR AÑO CALENDARIO Y POR GRUPO FAMILIAR

NO SE REINTEGRAN

  • Medicamentos
  • Cirugías plásticas
  • Implantes capilares
  • Vacunas dentro del calendario obligatorio
  • Prácticas que deben ser cubiertas por ley (ej. Cáncer – discapacidad – DBT)
  • Tratamiento de fertilización asistida
  • Copagos
  • Coseguros
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Reintegros

Reintegros en prestaciones médicas

PREGUNTAS FRECUENTES

Estamos a disposición para resolver todas tus consultas a traves de nuestros canales de comunicacion

El FONDO ESPECIAL DE EMERGENCIAS es un servicio de reintegro que actúa como complemento de su obra social, mutual o prepaga. Es un instrumento voluntario y solidario promovido por la AMFJER.
EL FEE no constituye en ningún caso ni cumple las funciones de las estructuras de servicios de salud arriba mencionadas.

Los y las integrantes de la Asociación que hayan aceptado realizar el aporte del 0.5% de sus haberes

En todos los casos actúa por reintegro a solicitud de su afiliado/a titular, cuando para una prestación determinada, la cobertura dispuesta por su obra social, mutual o prepaga, no existe, es exigua o se ha abonado un pago extra.
Para solicitar un reintegro deberá completar el formulario click aqui, adjuntar la factura o comprobante de pago y la documentación que acredita que dicho gasto excede a lo contemplado por su financiador de salud.
En casos particulares en los que se determine la necesidad serán evaluados por una auditoria médica.

La familia primaria del/de la titular. Se entiende por grupo familiar primario el integrado por el/la cónyuge; los hijos/as solteros/as hasta los veintiún años, no emancipados por habilitación de edad o ejercicio de veintiún años y hasta los veinticinco años inclusive, que estén a exclusivo cargo del afiliado/a titular que cursen estudios regulares oficialmente reconocidos por la autoridad pertinente; los hijos/as incapacitados/as y a cargo del afiliado/a titular, mayores de dieciocho años; los/as menores cuya guarda y tutela haya sido acordada por autoridad judicial o administrativa, que reúnan los requisitos establecidos en este inciso.
Para demostrar la condición de cada integrante del grupo familiar se les requerirá la documentación correspondiente.

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