Anexo de Prestaciones

ES IMPORTANTE TENER PRESENTE QUE ESTE FEE NO ES UNA OBRA SOCIAL Y SU PRINCIPAL OBJETIVO ES LA DE AYUDA EXTRAORDINARIA RESPECTO DE AQUELLAS PRESTACIONES URGENTES QUE NO CUBRE PARCIAL O TOTALMENTE LA OBRA SOCIAL.

tipo

Jornadas y/o eventos jurídicos

Activas/os sin invocación de causa

Jubiladas/os sin invocación de causa

Compra de libros

Compra de computadoras

Muebles de oficina

Viajes académicos al exterior

TIPO DE PRESTAMO: hasta y TOPE

Consultas médicas: hasta 50% y tope $325.00 

Sesiones de psicologia y/o psiquiatría: hasta 50% por sesión y tope $480.000

Fonoaudiología: hasta 50% por sesión y tope $300.000

Kinesiología: hasta 50% por sesión y tope $500.000

Terapia ocupacional: hasta 50% por sesión y tope $200.000

Acompañante terapéutico: hasta 50% por sesión y tope $400.000

Ortopedia: hasta 50% por sesión y tope $400.000

Nutricionista: hasta 50% por sesión y tope $400.000

Odontología: hasta 50% y tope $600.000

Odontología: exepto prótesis/ortodoncia/implantes 50% y tope $250.000

Óptica: hasta 50% por sesión y tope $500.000

Vacunas fuera calendario obligatorio: hasta 50% por sesión y tope $250.000

Anestesista: hasta 50% por sesión y tope $550.000

Otras terapias: hasta 50% (no cubiertas por la ley: complementarias a enfermedades de salud mental y discapacidad: ejemplo natatorios, equino terapia, musicoterapia) y tope $250.000

Equipo interdisciplinario: hasta 50% (para tratamientos y acompañamientos adicionales) y tope $250.000

Diferencia análisis clinicos hasta 50% y tope $170.000

Estudios Médicos hasta 50% y tope $500.000

PRESTACIÓN

Consultas médicas

Sesiones de psicología y/o psiquiatría

Psicopedagogía

Fonoaudiología

Kinesiología

Terapia ocupacional

Acompañante terapéutico

Ortopedia

Nutricionista

Odontología

Odontología

Óptica

Vacunas fuera calendario obligatorio

Anestesista

Otras terapias

Equipo interdisciplinario

Diferencia análisis clínicos

Estudios Médicos

tope anual

Consultas médicas: hasta $325.000

Sesiones de psicología y/o psiquiatría: hasta $480.000

Psicopedagogía hasta $300.000

Fonoaudiología: hasta $300.000

Kinesiología: hasta $500.000

Terapia ocupacional: hasta $200.000

Acompañante terapéutico: hasta $400.000

Ortopedia: hasta $400.000

Nutricionista: hasta $400.000

Odontología: hasta $600.000

Odontología: hasta $250.000

Odontología: hasta $500.000

Vacunas fuera calendario obligatorio: hasta $250.000

Anestesista: hasta $550.000

Otras terapias: hasta $250.000

Equipo interdisciplinario: hasta $250.000

Diferencia análisis clínicos: hasta $170.000

Diferencia análisis clínicos: hasta $500.000

hasta

Consultas médicas 50%

Sesiones de psicología y/o psiquiatría: 50%

Psicopedagogía: 50%

Fonoaudiología: 50%

Kinesiología: 50%

Terapia ocupacional: 50%

Acompañante terapéutico: 50%

Ortopedia: 50%

Nutricionista: 50%

Odontología: 50%

Odontología: excepto prótesis/ortodoncia/implantes 50%

50%

Vacunas fuera calendario obligatorio: 50%

Óptica: 50%

Otras terapias: 50% – no cubiertas por ley

50% 

Diferencia análisis clínicos: 50%

Diferencia análisis clínicos: 50%

LOS TOPES SON POR AÑO CALENDARIO Y POR GRUPO FAMILIAR

NO SE REINTEGRAN

  • Medicamentos
  • Cirugías plásticas
  • Implantes capilares
  • Vacunas dentro del calendario obligatorio
  • Prácticas que deben ser cubiertas por ley (ej. Cáncer – discapacidad – DBT)
  • Tratamiento de fertilización asistida
  • Copagos
  • Coseguros
VER PDF

Reintegros

Reintegros en prestaciones médicas

PREGUNTAS FRECUENTES

Estamos a disposición para resolver todas tus consultas a traves de nuestros canales de comunicacion

El FONDO ESPECIAL DE EMERGENCIAS es un servicio de reintegro que actúa como complemento de su obra social, mutual o prepaga. Es un instrumento voluntario y solidario promovido por la AMFJER.
EL FEE no constituye en ningún caso ni cumple las funciones de las estructuras de servicios de salud arriba mencionadas.

Los y las integrantes de la Asociación que hayan aceptado realizar el aporte del 0.5% de sus haberes

En todos los casos actúa por reintegro a solicitud de su afiliado/a titular, cuando para una prestación determinada, la cobertura dispuesta por su obra social, mutual o prepaga, no existe, es exigua o se ha abonado un pago extra.
Para solicitar un reintegro deberá completar el formulario click aqui, adjuntar la factura o comprobante de pago y la documentación que acredita que dicho gasto excede a lo contemplado por su financiador de salud.
En casos particulares en los que se determine la necesidad serán evaluados por una auditoria médica.

La familia primaria del/de la titular. Se entiende por grupo familiar primario el integrado por el/la cónyuge; los hijos/as solteros/as hasta los veintiún años, no emancipados por habilitación de edad o ejercicio de veintiún años y hasta los veinticinco años inclusive, que estén a exclusivo cargo del afiliado/a titular que cursen estudios regulares oficialmente reconocidos por la autoridad pertinente; los hijos/as incapacitados/as y a cargo del afiliado/a titular, mayores de dieciocho años; los/as menores cuya guarda y tutela haya sido acordada por autoridad judicial o administrativa, que reúnan los requisitos establecidos en este inciso.
Para demostrar la condición de cada integrante del grupo familiar se les requerirá la documentación correspondiente.

ADHERITE HOY

Si sos asociado/a a AMFJER y aun no recibis estos beneficios, puedes adherirte de forma online hoy mismo!